Cuándo necesitas este cartel
El Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a informar de los 14 alérgenos también en la comida que se sirve sin envasar, que es lo que hace cualquier bar o restaurante. En España, el Real Decreto 126/2015 concreta cómo hacerlo:
- Puedes dar la información por escrito: en la carta, en una tabla de alérgenos o en un panel.
- O puedes darla de palabra, siempre que la información conste por escrito o en formato electrónico en el local y sea fácil de consultar. En ese caso, un cartel visible tiene que indicar cómo conseguirla: que se pregunte al personal o dónde está.
Este cartel es para el segundo caso. Si ya tienes los alérgenos marcados en la carta, no sustituye a nada, pero tampoco sobra: recuerda al cliente que puede preguntar.
Qué tiene que decir
Que el cliente sepa, sin dudar, cómo enterarse de los alérgenos. La fórmula más habitual es «Información sobre alérgenos: consulte a nuestro personal». Si la información está en un sitio concreto, dilo: «Tabla de alérgenos disponible en la barra».
Evita frases que suenen a excusa del tipo «no nos hacemos responsables»: el cartel está para informar, no para quitarse de encima la obligación.
Lo que tiene que existir detrás del cartel
- Un registro por plato, en papel o en el ordenador, con los alérgenos de cada elaboración. Las bebidas también cuentan.
- Actualizado: cuando cambias de proveedor, de receta o de plato del día, se revisa.
- Accesible: que cualquier persona del equipo, también la que entró ayer, sepa dónde está y lo pueda enseñar.
La forma más rápida de tenerlo es sacarlo de tu propia carta: en la tabla de alérgenos te explicamos cómo, y en los 14 alérgenos uno a uno tienes qué incluye cada uno y dónde se esconde.
Dónde ponerlo
Donde el cliente decide qué pedir: en la entrada, en la barra, junto a la carta o en la pizarra del menú del día. Si tienes terraza, uno fuera también ayuda. El A5 queda bien en barras y mesas; el A4, en paredes y puertas.
Los 14 alérgenos en el cartel
Con la opción «Mostrar los 14 alérgenos» el cartel incluye los iconos y nombres de los 14 alérgenos de declaración obligatoria. No es obligatorio, pero ayuda a quien no conoce la lista. Si quieres los iconos sueltos para tu carta o tu web, están gratis en iconos de alérgenos.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el cartel de alérgenos?
Si das la información de palabra, sí: la norma española pide que un cartel visible indique cómo conseguirla y que la información conste por escrito o en formato electrónico en el local. Si los alérgenos ya figuran en la carta, el cliente los tiene delante sin preguntar.
¿Basta con poner «consulte a nuestro personal»?
El cartel es solo la mitad. El personal tiene que poder dar la información en el momento, sacándola de un registro escrito o electrónico actualizado con los alérgenos de cada plato. Sin ese registro, el cartel no cumple su función.
¿Qué alérgenos hay que declarar?
Los 14 de declaración obligatoria: gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, sulfitos, altramuces y moluscos. Con la opción «Mostrar los 14 alérgenos» salen en el cartel con su icono.
¿Puedo poner el cartel en inglés también?
Sí. Escribe la traducción en «Título en otra lengua» y saldrá debajo del título. Es útil si recibes muchos turistas.